CCOO de Industria | 25 abril 2024.

Sentencias de interés

    06/02/2017. Madrid
    Jornadas negociación colectiva

    Jornadas negociación colectiva

    Para la segunda sesión de las jornadas, la que se celebró el día 2 de febrero, se contó con la participación de dos personas "de un amplio prestigio", según lo reconoció el moderador de la mesa de debate cuando llegó el momento de presentarles. Amparo Merino, la decana de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Castilla-La Mancha analizó la jurisprudencia más reciente en materia de negociación colectiva y aclaró muchas de las dudas de los asistentes.

    ¿Puede un centro de trabajo negociar un convenio colectivo para toda la empresa?, ¿tiene límites la jerarquía normativa?, ¿tiene prioridad aplicativa el convenio de centro de trabajo?, ¿qué ocurre cuando finaliza la vigencia de un convenio, expira la ultractividad y existe un convenio de ámbito superior?, ¿cuál aplicamos?. A estas y a otras muchas preguntas fue respondiendo con claridad la decana a lo largo de una intervención magistral.

    Pese a que reconoció que la concurrencia de los convenios colectivos "es el tema peor resuelto por la jurisprudencia", trató de poner algo de luz sobre este complicado asunto. La decana también tuvo ocasión de apuntar que, tras las últimas reformas laborales, los datos ponen de manifiesto que se están negociando falsos convenios colectivos que realmente son "una imposición unilateral de las condiciones de trabajo". Aseguró que muchos incluyen vigencias "excesivamente largas" para tratar de "perpetuarlas" y que se negocian en periodos "excesivamente cortos" por negociadores que no están sindicalizados.

    Cerró este bloque Luis Collado, de la Editorial Bomarzo, con su análisis de la amplia jurisprudencia que existe sobre Seguridad Social. Llenó su intervención de ejemplos para facilitar su comprensión por parte de los asistentes. El abogado habló de las lesiones de carácter psicosocial, del acoso laboral, de los accidentes de trabajo, de las enfermedades laborales y de los accidentes in itínere.