CCOO de Industria | 25 abril 2024.

La Ley que contempla la reducción de jornadas para acceder al subsidio y a la renta agraria es insuficiente, en opinión de CCOO

  • El sindicato volverá a reclamar que se refuercen las medidas que reduzcan el impacto de la sequía en los jornaleros y jornaleras de todo el país

El 8 de marzo entró en vigor la Ley 1/2018 que adopta medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequía. CCOO denuncia que son numerosas las medidas que benefician a las empresas del sector agrario, y a los trabajadores y trabajadoras cuenta ajena, mientras que solo dos favorecen a un colectivo potencial de más de 800.000 jornaleros y jornaleras de todo el país. Estas medidas son parciales y discriminatorias.

09/03/2018. CCOO de Industria
La Ley contiene un gran desequilibrio

La Ley contiene un gran desequilibrio

CCOO de Industria ya valoró de insuficiente y cicatera la actitud del Gobierno al impedir que las personas trabajadoras afiliadas al Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social, que no residan en Andalucía y en Extremadura, se pudieran beneficiar de medidas de flexibilización de requisitos de acceso a la prestación por desempleo, al verse afectadas por las pérdidas de empleo por la sequía.

El sindicato cree que, potencialmente, son unas 250.000 personas en el conjunto de España las afectadas por la discriminación del acceso a las prestaciones asistenciales. Se las excluye de esta medida y, pese a que cotizan al desempleo, tampoco se pueden beneficiar de las prestaciones asistenciales.

La Ley aprobada por el Gobierno contempla dos medidas concretas dirigidas a las trabajadoras y trabajadores asalariados cuenta ajena. Por un lado se consideran causas de fuerza mayor los efectos de la pérdida de empleo por la sequía para los casos de reducción de jornada, suspensión de contratos, reducciones de jornada y despidos colectivos. Se autoriza al SEPE para que autorice la percepción de prestaciones por desempleo aunque se carezca de los periodos de cotización necesarios y para que no compute los consumos de prestaciones a efectos de los periodos máximos establecidos.

La segunda medida afecta a los trabajadores y trabajadoras residentes en Andalucía y Extremadura perceptores del subsidio y renta agraria. Se reduce el requisito de jornadas mínimas de acceso a estas prestaciones de 35 a 20 jornadas para los perceptores que la hubiesen solicitado desde el 1 de septiembre de 2017 hasta la entrada en vigor de la ley y que presenten una nueva solicitud hasta el 7 de agosto de 2018.

La lectura de la letra pequeña de esta medida contiene dos discriminaciones; una en relación con las personas menores de 35 años sin cargas familiares y el resto del colectivo, ya que los primeros pasarán de necesitar 53 jornadas a necesitar 38 para acceder al subsidio o renta agraria y el resto 20 jornadas. Y una segunda que los trabajadores y trabajadoras que se integraron en el Sistema Especial Agrario desde el 1 de enero de 2012. Se ven excluidos de esta medida ya que siguen necesitando 30 jornadas para estar afiliados en la Seguridad Social Agraria, requisito imprescindible para beneficiarse de esta medida.