CCOO de Industria | 25 abril 2024.

Se ha firmado el incremento salarial para el año 2016 del Convenio General de la Industria Química

    El 26 de enero se reunió, en la sede de la patronal, la comisión negociadora del convenio. CCOO de Industria, FITAG-UGT y FEIQUE aprobaron el incremento salarial para el año 2016, de acuerdo con lo establecido en el artículo 33.II.B del XVIII Convenio General de la Industria Química

    02/02/2016. Madrid

    En el año 2016, procede incrementar los salarios de los trabajadores y trabajadoras de las empresas de la industria química un 1,5 % sobre la masa salarial bruta de 2015; depurada y homogeneizada, según el artículo 33 del convenio.

    De acuerdo con el mismo artículo, del porcentaje de incremento a aplicar sobre la masa salarial bruta del año 2016 (1,5), se reserva un 0,3% destinado a nuevas antigüedades, complemento de puesto de trabajo y ajuste de abanicos salariales dentro del mismo grupo profesional.
    Por lo tanto, se aplica el mismo porcentaje de incremento del 1,5 sobre las tablas de salarios mínimos garantizados de los artículos 32 y 44, pluses del artículo 40, plus de turnicidad del artículo 44.7 y dietas y kilometrajes del artíuclo 28.04.

    Así se ha firmado la tabla de salarios mínimos garantizados anuales por grupos profesionales para el año 2016, según el artículo 32, la de los pluses para el año 2016, - Art. 40,  el plus mínimo de nocturnidad de 10,62 euros -, el plus de turnicidad - Art.44.7 - en 1,17 euros; Según el art. 44 la tabla de salarios mínimos garantizados anuales para los trabajadores a turnos afectados por este artículo para el 2016 y las dietas para el mismo año y según artículo 28.4.