CCOO de Industria | 20 abril 2024.

El Supremo impide a la patronal de transformados del plástico desvincularse del Convenio General de la Industria Química

  • Una reciente sentencia desestima el recurso de casación que interpuso ANAIP contra el fallo de la Audiencia Nacional y sienta doctrina

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación que había interpuesto la Asociación Española de Industriales de Plástico (ANAIP) contra la sentencia que la Audiencia Nacional dictó en marzo de 2014, que dio la razón a la Federación Empresarial de la Industria Química (FEIQUE), a CCOO de Industria y a FITAG-UGT. La Justicia entiende que los pactos están para cumplirse y que ningún subsector se puede descolgar de un convenio mientras esté en vigor y sin haberse puesto previamente de acuerdo con los sindicatos. Por lo tanto, la patronal de las empresas que se dedican a la transformación del plástico debe abandonar su idea de desvincularse del Convenio General de la Industria Química y aplicarlo de inmediato en los centros de trabajo.

05/02/2016. Madrid

La Asociación Española de Industriales de Plástico (ANAIP) ha intentado repetidamente durante los últimos años impugnar el Convenio General de la Industria Química por entender que la Federación Empresarial de la Industria Química (FEIQUE), que negociaba el convenio junto a los sindicatos más representativos del sector, no defendía sus intereses. Por eso, quiso crear su propio acuerdo laboral, algo a lo que se opusieron CCOO y UGT. Después de que la Audiencia Nacional le quitara la razón, el último en intervenir en el caso ha sido el Tribunal Supremo, que cree que no puede abandonar el convenio sectorial sin el acuerdo de los sindicatos.

En una reciente sentencia desestima el recurso que presentó la patronal de transformados del plástico contra el fallo de la Audiencia Nacional de marzo de 2014 y asegura que la definición del ámbito funcional del convenio colectivo no fue "construida artificialmente, si no que responde a un criterio histórico". El Supremo fundamenta su decisión en que la unidad de negociación no deriva del actual convenio, "sino de una sucesión histórica de convenios de más de treinta años de duración".

La patronal del plástico, al entender que no estaba dentro de FEIQUE, aseguró durante años que nada le obligaba a aplicar el Convenio General de la Industria de Química. Inició un proceso jurídico para desvincularse del acuerdo laboral que concluye ahora con la sentencia del Tribunal Supremo. Tas el fallo, las empresas que se empeñaban en dificultar la aplicación universal del convenio colectivo, deberán abandonar la actitud que han mantenido durante años y aplicarlo de inmediato en sus centros de trabajo.