CCOO de Industria | 28 marzo 2024.

Declarado nulo el despido de una trabajadora que estaba de baja debido a un cáncer de útero

    Se declara nulo (no improcedente) el despido de una trabajadora que sufría un cáncer de útero y estaba de baja por incapacidad temporal (sentencia del TSJ de Cantabria de 18 de enero de 2019, que revoca la declaración de improcedencia del Juzgado de lo Social). La empresa cursó la baja en la Seguridad Social y después procede a comunicar su despido disciplinario alegando “disminución continuada de su actividad laboral”.

    06/03/2019. CCOOi
    Cáncerútero

    Cáncerútero

    En primera instancia, el Juzgado de lo Social declaró improcedente el despido, al entender que no cabía la declaración de nulidad por no tratarse de uno de los supuestos protegidos frente al despido pero el TSJ revoca la declaración de improcedencia y declara el despido nulo, realizando un amplio y exhaustivo análisis por toda la jurisprudencia ( tanto del TJUE como del Supremo) en la materia y recuerda que sí cabe poder considerar en determinados casos a la enfermedad como un motivo que se añada a los recogidos en la Directiva Europea 2000/78. Esto impide la participación plena y efectiva de la trabajadora en la vida profesional en “igualdad de condiciones con los demás trabajadores” u además el TSJ afirma que no podemos olvidar que “estamos ante una patología netamente femenina, lo que impone enjuiciar las cuestiones desde una perspectiva de género”.