CCOO de Industria | 29 marzo 2024.

CCOO saluda que finalmente se acepte recoger la actualización salarial en el convenio del campo extremeño y que los trabajadores sigan con su cobertura laboral

  • El acuerdo supone la desconvocatoria de la huelga prevista para principios de este mes

El nuevo convenio del campo, ya firmado, contendrá la actualización del salario base que implicaba el incremento del SMI, De esta manera, tal y como reclamaba CCOO, los trabajadores y trabajadoras, podrán conocer con claridad cuánto tienen derecho a percibir por su trabajo.

24/06/2020. CCOO Extremadura
Se llega a un acuerdo sobre el convenio del campo

Se llega a un acuerdo sobre el convenio del campo

Después de que la organización agraria APAG Extremadura ASAJA amenazara con no firmar el convenio si incluía las tablas salariales, a pesar del acuerdo entre patronal y sindicatos al que esta misma organización se había sumado el pasado 4 de junio, este último pacto salva el conflicto social, supone la desconvocatoria de la huelga prevista para principios de julio y, lo más importante, permite la continuidad del convenio que da cobertura a los jornaleros y jornaleras extremeños.

Es una buena noticia, tanto la para el sector agroalimentario como para la economía regional en su conjunto, más en estos momentos tras la crisis sanitaria, y viene a clarificar las relaciones laborales mientras el acuerdo esté vigente, que es hasta finales de este año con un año más de prórroga. Además, existe la posibilidad de que, si se retirara de la reforma laboral la limitación a la ultraactividad de los convenios, este no decaería.

Para CCOO era trascendental conseguir un acuerdo antes del 30 de junio puesto que en ese día expiraba la vigencia del anterior convenio y las relaciones laborales pasarían a regirse únicamente por el Estatuto de los Trabajadores. Esto hubiera significado un varapalo para los derechos laborales. Por ejemplo, se hubiera pasado de una jornada de trabajo anual de 1.768 horas, 6,30 horas al día con 15 minutos de descanso, a 1.824 horas, es decir, 8 horas diarias y con la obligación de recuperar el descanso.

El nuevo convenio publicará las tablas salariales de los ejercicios 2016, 2017 y 2018 con un añadido para reflejar los salarios base de 2019 y 2020 según la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). De esta manera queda reflejada una fórmula para establecer cuánto tiene derecho a percibir un trabajador o trabajadora por cada hora trabajada.

Además, se incluye en el texto lo expresado en el Estatuto de los Trabajadores para clarificar la organización del trabajo en cuanto a la jornada irregular. La empresa puede organizar la jornada laboral de manera irregular no más allá de un 10% y el establecimiento de una bolsa de horas vinculado a esto.

Esto, en ningún caso ni merma ni aumenta los ingresos de los trabajadores y las trabajadoras, ni les obliga a trabajar más horas de las fijadas, simplemente se pretende dar mejor respuesta a las características peculiares de cargas de trabajo en la producción agraria.

Por otra parte, se establece un nuevo método para el cálculo de abono de las horas extraordinarias. Le primera hora y media se complementará al 20% más sobre el salario base. A partir de esa hora y media se complementaría cada hora con el 100%. Es importante recalcar que el precio de la hora extra queda en una situación prácticamente idéntica al del anterior convenio.

En cuanto al registro horario. Patronal y sindicatos han llegado a un acuerdo para confeccionar un modelo que permita cumplir con los requisitos de la ley y a la vez facilite su aplicación ante las dificultades que se estaban produciendo. Evidentemente, cualquier cambio posterior en la ley deberá tenerse en cuenta para modificar este modelo.

 

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