CCOO de Industria | 18 abril 2024.

CCOO INDUSTRIA gana una sentencia sobre el salario mínimo interprofesional en los juzgados de Murcia

  • CCOO INDUSTRIA ha ganado una sentencia en el juzgado de lo social nº 2 de Murcia sobre la aplicación del salario mínimo interprofesional de 2020 en una empresa del manipulado de tomate de Mazarrón
  • La sentencia da la razón a los servicios jurídicos del sindicato, que interpusieron un conflicto colectivo contra la empresa Hernández Zamora S.A, que había absorbido y compensado la subida salarial del SMI de 2020 detrayendo la misma cantidad en un complemento ad personam
  • A las 47 trabajadoras demandantes se les había escatimado unos céntimos de subida por hora de trabajo que se traducen en 90 a 100 euros anuales que ahora van a recuperar gracias a la acción sindical y jurídica de CCOO

01/02/2022. Murcia
Trabajadoras del manipulado del tomate

Trabajadoras del manipulado del tomate

CCOO INDUSTRIA de la región de Murcia ha ganado una importante sentencia en el juzgado de lo social nº 2 tras plantear un conflicto colectivo de 47 trabajadoras contra la empresa Hernández Zamora S.A, dedicada al manipulado de tomate y radicada en Mazarrón. A la hora de aplicar el salario mínimo interprofesional de 2020 la empresa descontó de un complemento ad personam la subida del precio hora, que había pasado de 7.23 €/hora a 7.28€/ hora.

Esta subida absorbida y compensada y por tanto, no cobrada, asciende a 90 o 100 euros anuales que la empresa quería ahorrarse por trabajador. La sentencia 25/2022 del juzgado nº 2 de lo social reconoce el derecho que asiste a las trabajadoras afectadas a que se les abone el Complemento de antigüedad del artículo 16 del Convenio Colectivo sin absorción ni compensación alguna, y se les reintegren las cantidades retraídas en nómina a través del denominado COMP.ANTIG.SMI, condenando a la empresa demandada a estar y a pasar por tal declaración.

CCOO celebra esta resolución judicial que viene a dar la razón a los servicios jurídicos del sindicato y que esperamos que se extienda esta doctrina a todos los conflictos colectivos que hay planteados por indebidas aplicaciones de las subidas salariales del salario mínimo interprofesional que se han producido desde 2019 y que se van a seguir produciendo en los años venideros