CCOO de Industria | 14 junio 2025.

El TSJPV desestima la demanda de ELA y LAB por vulneración de derechos fundamentales contra CONFEBASK, AVEQ KIMIKA y las organizaciones patronales y sindicales firmantes del Convenio General de la Industria Química

    El 27 de mayo se ha dictado sentencia por la Sala de lo Social del TSJ del País Vasco, por la que desestima la demanda de vulneración de derechos fundamentales dirigida por los sindicatos LAB y ELA contra las organizaciones patronales vascas del sector de químicas y la patronal estatal FEIQUE. Como firmantes del Convenio General de la Industria Química (CGIQ), fueron demandados CCOO y UGT, si bien UGT no compareció en el juicio.

    03/06/2025. CCOO de Industria
    Tribunal Superior de Justicia del País Vasco

    Tribunal Superior de Justicia del País Vasco

    Los sindicatos demandantes entendían que se había vulnerado su derecho fundamental a la libertad sindical en su vertiente de derecho a la negociación colectiva, en tanto que, en el ámbito de Euskadi, las patronales, estando obligadas según su opinión, habían declinado la posibilidad de iniciar negociaciones para la firma de un nuevo convenio de ámbito autonómico.

    CCOO ha defendido que, si bien no hay impedimentos jurídicos para que en el ámbito autonómico pueda negociarse un nuevo convenio, no existe obligación legal de negociar, ya que la reciente reforma del Estatuto de los Trabajadores se limita a otorgar prioridad aplicativa a estos convenios, sin alterar la normativa que regula las obligaciones en materia de negociación.

    Para CCOO, el Convenio General de la Industria Química ha venido siendo, hasta la fecha, un instrumento útil para la regulación de las condiciones laborales del sector, y lo seguirá siendo.

    La sentencia acoge la posición de esta organización sindical y entiende que no se ha producido vulneración del derecho a la negociación colectiva, ni de la libertad sindical. Por lo tanto, ese fin no se debe conseguir por medio de la justicia, sino de la acción sindical.

    Al mismo tiempo, la sentencia remarca que:

    • Coinciden los interlocutores en ambos ámbitos de negociación.
    • El CGIQ está en vigor desde tiempos inmemoriales.
    • No hay causas objetivas que digan que el CGIQ esté en riesgo de no continuar.
    • No hay renuncia expresa de ninguna de las partes a negociar.
    • El CGIQ da protección absoluta al sector.
    • El sindicato ELA posee capacidad legal para sentarse y negociar el Convenio General de la Industria Química. Sin embargo, realiza una clara dejación de sus funciones, al tiempo que pretende que la justicia obligue a las patronales vascas a hacer lo que ellos no hacen: Sentarse y negociar.

    Estima el TSJ del País Vasco que el hecho de no querer negociar determina que no exista vulneración de derecho fundamental alguno. 

    Entiende en definitiva la sentencia que no existe una obligación legal de negociar en el ámbito autonómico, que pueda exigirse forzosamente a la parte empresarial.

    CCOO de Industria valora positivamente esta sentencia. Deja claro que no hay vulneración de derecho en la negociación colectiva de un convenio sectorial y también que, para negociar un convenio de ámbito inferior, tiene que haber acuerdo entre las partes. Es la única manera. Esta es la postura que siempre se ha defendido desde CCOO de Industria y que se seguirá defendiendo.