CCOO de Industria | 8 marzo 2026.

CCOO demanda a General Óptica ante la Audiencia por incumplir el permiso climático remunerado que permite faltar al trabajo con alerta roja o naranja

  • La empresa obliga a su plantilla a justificar las razones por las que entiende que su vida está en riesgo

CCOO de Industria ha presentado una demanda ante la Audiencia Nacional contra General Óptica. Aunque el Estatuto de los Trabajadores es claro, la empresa interpreta que, ante una situación climatológica adversa, no basta con que las autoridades competentes limiten o prohíban los desplazamientos. Reclama a su personal que, para tener derecho al permiso retribuido, justifique por qué está en peligro. CCOO no comparte que se exijan justificaciones adicionales que aumentan el riesgo.

16/12/2025. CCOO de Industria
La Audiencia debe reconocer el derecho de las personas trabajadoras

La Audiencia debe reconocer el derecho de las personas trabajadoras

El 13 de octubre de 2025 la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) emitió una alerta roja por lluvias en el interior y en el litoral valenciano. Para conceder a su plantilla el permiso retribuido climático, General Óptica consideró que ese aviso no era suficiente. Exigió a sus trabajadores y trabajadoras que justificaran por qué las condiciones meteorológicas extremas les ponían en riesgo y les impedían acceder a su lugar de trabajo.

La empresa situaba así el mantenimiento de la actividad por delante de la seguridad de las personas trabajadoras. También interpretaba a su favor la modificación del Estatuto de los Trabajadores, que se hizo tras la DANA que arrasó la provincia de Valencia en octubre de 2024. Desde entonces, se permite a las plantillas ausentarse de su puesto de trabajo cuando no pueden desplazarse de manera segura o cuando las autoridades imponen restricciones, como cortes de carretera o la suspensión del transporte público.

CCOO recuerda que, con la reforma legal, lo que se pretendía era que no quedara bajo el ámbito de decisión de la persona trabajadora someterse a un riesgo en función de sus apreciaciones subjetivas y de la repercusión que pudiera tener en las relaciones laborales. 

Justificaciones innecesarias

Tras conocer la interpretación de General Óptica, la sección sindical intercentros de CCOO puso el caso en manos de sus asesores. Después de estudiar el asunto, el sindicato ha decidido presentar una demanda ante la Audiencia Nacional por no compartir el criterio que defendió la empresa cuando comunicó a sus trabajadores y trabajadoras que justificaran el riesgo o el peligro que les afectaba, para que la ausencia al trabajo no tuviera ningún perjuicio económico.

Este sindicato reclama a la Audiencia Nacional que se reconozca el derecho de las personas trabajadoras ante una situación climatológica adversa y que obligue a las empresas a entender que las alertas rojas emitidas por la AEMET integran, por sí solas, el hecho al que se refiere el artículo 37.3.g) del Estatuto de los Trabajadores. 

CCOO no comparte que se exijan justificaciones adicionales porque se estaría indicando que se debe intentar acudir al trabajo y se pondría al personal en una situación de posible riesgo grave e inminente, lo que va contra de lo que la legislación quiere proteger con este permiso.