CCOO de Industria | 13 agosto 2026.

COMUNICADO CONJUNTO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO DE MANIPULADO Y ENVASADO DE AGRIOS DE LA REGION DE MURCIA

  • Hoy, martes 23 de junio, se ha reunido la Comisión Negociadora del Convenio de Manipulado y Envasado de Agrios de la Región de Murcia.

23/06/2026.
COMUNICADO CONJUNTO MANIPULADO AGRIOS

COMUNICADO CONJUNTO MANIPULADO AGRIOS

Tras numerosas propuestas realizadas por nuestra representación y gracias al esfuerzo y la responsabilidad de los sindicatos presentes en la comisión negociadora, se ha alcanzado un preacuerdo para la firma definitiva del convenio colectivo del sector.

Hemos de reconocer la voluntad y el esfuerzo de todas las partes presentes en la negociación del convenio (AILIMPO, REDES, CCOO, UGT e ISAS) que durante muchos meses no han escatimado esfuerzos en conseguir llegar a un acuerdo que mejore sustancialmente las relaciones laborales entre empresa y trabajadores y gracias a ello se ha conseguido este preacuerdo, donde se mejoran las siguientes cuestiones:

Las partes negociadoras alcanzan el principio de acuerdo siguiente:

- Duración: 20265, 2026, 2027, 2028, 2029 y 2030.

- El convenio quedará denunciado automáticamente 3 meses antes de la fecha de finalización.

- Prendas de trabajo: 2 en verano y 2 en invierno.

- Póliza d eSeguros: Se incrementa en 30 €.

- Premio de Constancia: Se introduc una mensualidad adicional, siendo preciso para su recibo que la persona trabajadora se jubile efectivamente y que, al menos tenga una antigüedad en la empresa de 30 años en los fijos.

- Bocadillo: El descanso obligatorio establecido será de 20 minutos retribuidos.

- Se equipara el valor de la hora extra se equipara a la hora de campaña.

- Se actualizarán las licencias retribuidas según la legislación vigente.

- Excedencia/Licencia sin sueldo: 30 días como máximo, una vez al año, preaviso de un mes, no pueden coincidir de forma simultánea mas del 5% de la categoría y/o sección del trabajador solicitante, no se puede solicitar en diciembre ni en semana santa.

- Complemento de IT: 100% a partir del 2º día en caso de accidente laboral, exclusivamente los días que hubiera correspondido trabajar por el número de orden a efectos de llamammiento.

- Asistencia al médico: Una hora y media en caso de medicina general, quedando igual el resto de la redacción.

- Recibos de Salarios: Se entregarán durante los 5 primeros días de cada mes.

- Alcoholemia, drogadicción: Se buscará una redacción ajustada para convatir esta problemática en las empresas.

- Incremento Salarial: 2025, tablas ya firmadas ese año y que se incorporan al texto del acuerdo.

2026- Incremento del 3% sobre las tablas del 2025 señaladas.

2027- Incremento del 3% sobre las tablas del 2026 señaladas.

2028- Incremento del 3% sobre las tablas del 2027 señaladas.

2029- Incremento del 3% sobre las tablas del 2028 señaladas.

2030- Incremento del 3% sobre las tablas del 202 señaladas.

- La fecha de efectos económicos es el 1 de Septiembre de 2026, por lo que este convenio no lleva ningún tipo de atrasos.

- Se establece una cláusula de revisión anual técnica del IPC nacional real del ´ño anterior con un tope del 2% que operaría el 1 de enero de cada año siguiente, es decir, sin generar ningún tipo de atrasos.