CCOO de Industria | 23 febrero 2025.

Se alcanza un acuerdo sobre el calendario laboral del metal de la provincia de Teruel para 2014

    El 12 de marzo tuvo lugar una reunión en la sede de la patronal para confeccionar el calendario laboral del año 2014 del convenio de la industria siderometalúrgica de la provincia de Teruel, a la que asistieron las organizaciones empresariales y los sindicatos CCOO y UGT.

    21/04/2014. Teruel
    Calendario 2014 de la Industria Minerometalurgica de Teruel

    Calendario 2014 de la Industria Minerometalurgica de Teruel

    Tras las oportunas deliberaciones se llegó al siguiente acuerdo:

    Las empresa, de acuerdo con la R.L.T  deberán de confeccionar, a principios de cada año, un calendario laboral y procederán a la distribución de sus respectivos horarios de trabajo al objeto de acomodarlos a sus necesidades organizativas o de producción, siempre y cuando al computo anual no exceda para el año 2014, de 1758 horas de trabajo efectivo. En el tendrán la consideración de festivos, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 68/2013 de 30 de Abril, del Gobierno de Aragón, de fecha de 14 de Mayo de 2013 en lo que al año 2014 se refiere, los días 1 y 6 de Enero, 17,18 y 23 de Abril, 1 de Mayo, 15 de Agosto, 13 de Octubre, 1 de Noviembre, 6,8 y 25 de Diciembre, así como la dos fechas que sean señaladas como festivo en cada municipio  de la provincia.

    Durante el año 2014 y con carácter orientativo, para el caso de que no se elabore un calendario propio en los respectivos centros de trabajo, se consideran festivos, además de los anteriores, los siguientes días:

    Empresas con jornada de 40 horas semanales, de lunes a viernes: 21 de abril en Teruel capital, (resto de la provincia junto a con festividades locales), 2 de mayo 11 y 15 de Julio en Teruel capital (resto de la provincia junto a con festividades locales), el 26 de Diciembre.

    Además de estos días, los trabajadores dispondrán de 10 horas festivas cuya fecha y forma de disfrute se pactara entre empresa y trabajador.

    La empresa, pondrá por mutuo acuerdo con la R.L.T. o, en el supuesto de no existir dichos representantes, con lo propios trabajadores / as, sustituir las fechas citadas por otras que resulten mas adecuadas en función de la necesidades de la producción, de la costumbre propia del lugar o de los usos observados en la propia empresa.

    Los días 5 de Enero, 24 y 31 de Diciembre de 2014 la jornada laboral finalizara a las 14:00 horas, salvo servicios de guardias o asistencia urgente y aquellos casos en los que las exigencias de la producción, a juicio de la empresa lo desaconsejen. Su cumplimiento no supondrá reducción alguna de la jornada anual pactada.

    De común acuerdo, la empresa y la plantilla podrán acordar la sustitución de los complementos económicos específicos previstos para los puestos de trabajo calificados como tóxicos, penosos o peligrosos, por una reducción de la jornada en porcentaje equivalente conforme a los términos pactados.

    La horas efectivas de trabajo como los días festivos aplicables, serán provisionales hasta la firma del nuevo Convenio Colectivo, donde venga acordada la jornada laboral definitiva.

    Se adjunta acta original.