CCOO de Industria | 9 mayo 2024.

Se firma en Barcelona el Convenio Colectivo de la Industria Textil y de la Confección 2015-2017, que mejora el poder adquisitivo y las condiciones laborales

  • Agustín Martín, secretario general de CCOO de Industria, insistió en que el sindicato ha hecho todos los esfuerzos para que los trabajadores y trabajadoras del sector estuvieran satisfechos con lo firmado

La Casa de la Seda de Barcelona, también llamada Casa del Gremio de los Veleros, fue el lugar elegido por los sindicatos y las patronales del sector para firmar ayer el convenio colectivo que regulará las condiciones laborales de los trabajadores y trabajadoras de la industria textil y de la confección durante los años 2015, 2016 y 2017. Un documento que recoge la mejora del poder adquisitivo y que, según destacan los negociadores de CCOO, es el resultado del "esfuerzo y responsabilidad" que asumieron los empresarios y las organizaciones sindicales.

31/07/2015. Madrid

Tal y como lo pusieron de manifiesto ayer quienes participaron en la firma del Convenio Colectivo de la Industria Textil y de la Confección 2015-2017, lo que ahora necesita el sector es "sosiego y relaciones laborales fluidas" para poner en práctica en las empresas todo lo acordado. Durante su intervención Agustín Martín, secretario general de CCOO de Industria, hizo hincapié en que para el sindicato se trata de uno de los convenios "más importantes" y que desde su organización se han realizado todos los esfuerzos posibles para que los trabajadores y trabajadoras "estuvieran satisfechos" con lo firmado.  
 
Más salario y mejores condiciones
 
En el capítulo salarial, para 2015 prevé un incremento del 0,5% en el primer semestre y del 0,7% en el segundo. Para 2016 la subida será del 0,9% y para 2017 del 1,3%. También garantiza la revisión salarial retroactiva al 1 de enero de cada uno de los años de vigencia del convenio y se mantiene las cláusulas del IPC del anterior convenio para los tres años.

Otro de los puntos destacados del convenio es la reducción de la jornada laboral partida en cinco horas, distribuidas de la siguiente manera: una hora en 2015, dos horas en 2016 y otras dos en 2017. También se amplía el crédito horario por visita al médico hasta las 20 horas anuales, diez de las cuales se podrán utilizar para acompañar a menores de 12 años y a familiares mayores de primer grado. También se actualizan y adecuan dos categorías profesionales y se homogeneizan las tablas salariales y la estructura del convenio.

En materia sindical, recoge que en empresas de más de 200 trabajadores se podrán elegir delegados o delegadas sindicales. Tendrán los mismos derechos que recoge la LOLS, salvo el crédito de horas sindicales. Deberá utilizar las correspondientes a las personas electas de su sindicato. El convenio del textil también establece que las horas sindicales se podrán acumular en periodos anuales.

La jornada irregular se recuperará dentro de los primeros cuatro meses del año posterior a su generación. Se acuerda que no se podrán realizar horas extra en los periodos de distribución irregular, ni calendarizar la jornada.

Las empresas promoverán la realización por parte de sus trabajadores de la formación necesaria para obtener las certificaciones profesionales de su sector. Además, se amplía la cobertura de la póliza de seguros a nueve mil euros y el pago del accidente in itinere.

En lo que se refiere a las vacaciones, se refuerza la necesidad de llegar a acuerdos entre empresa y representación legal de los trabajadores en el marco del calendario durante los tres primeros meses del año. Y si la empresa tiene necesidades distintas a las establecidas como norma (21 días), las pactará con el comité de empresa.