CCOO de Industria | 3 julio 2024.

La Audiencia estima la demanda de CCOO y obliga a la industria química a aplicar la cláusula de garantía salarial a todo el personal

  • Las personas trabajadoras, sea cual sea su año de ingreso, deben cobrar el incremento del 10,3%. La patronal se negaba a abonar la subida a quienes se incorporaron en 2021-2023

Buenas noticias para CCOO de Industria. El sindicato acaba de recibir el fallo de la Audiencia Nacional que estima la demanda que había interpuesto frente a la Federación Empresarial de la Industria Química Española (FEIQUE). Declara que la cláusula de garantía salarial prevista en convenio para los años 2021, 2022 y 2023 se debe aplicar íntegramente por las empresas del sector a todas las personas trabajadoras, “sin distinción alguna por su fecha de entrada”. 

17/06/2024. CCOO de Industria
Representantes de CCOO en la mesa negociadora del convenio

Representantes de CCOO en la mesa negociadora del convenio

La cláusula de garantía salarial que recoge el artículo 38 del Convenio General de la Industria Química es lo suficientemente clara y nítida. No diferencia sus efectos según el año en que se incorporaron a las empresas las personas trabajadoras del sector. Así lo entiende la Audiencia Nacional, que comparte los argumentos que hace una semana defendió CCOO de Industria ante el tribunal. El fallo que acaba de emitir la Sala de lo Social establece que la subida del 10,3% que estableció la comisión negociadora “se debe aplicar íntegramente por las empresas del sector a la masa salarial bruta del año 2023”. 

CCOO de Industria insiste desde hace meses, y volvió a hacerlo recientemente ante la Audiencia Nacional, en que la cláusula no diferenciaba sus efectos según el año o la fecha de entrada. Entendía que en caso de hacerlo, sería totalmente discriminatorio. Así mismo, este sindicato dejó claro que el 10,3% de subida operaba sobre la masa salarial bruta del 31 de diciembre de 2023. Por lo tanto, tal y como lo establece el convenio, no podía realizarse ningún tipo de absorción y compensación, sea por el concepto que sea.

La defensa de la patronal FEIQUE se basó en resoluciones de la comisión mixta existentes desde 2001 hasta 2018. Ninguna de ellas se refería al XX Convenio General de la Industria Química. Todas eran anteriores, distintas a este caso y se producían en contextos socioeconómicos diferentes. Además, CCOO aportó durante el juicio sentencias del Tribunal Supremo que establecen que, cuando la cláusula o la literalidad de lo pactado es clara, no se debe atender al histórico o a los antecedentes.

CCOO, UGT y CIG

CCOO de Industria y UGT-FICA presentaron un conflicto colectivo sectorial ante la Audiencia Nacional a finales de febrero al no alcanzar un acuerdo con la patronal en el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA) sobre la aplicación de la cláusula de garantía salarial. CIG se adhirió con posterioridad.