CCOO de Industria | 23 febrero 2025.

La Justicia obliga a la patronal del plástico a aplicar el Convenio General de la Industria Química

  • La Audiencia Nacional desestima la demanda que ANAIP había presentado contra FITEQA-CCOO, FITAG-UGT y FEIQUE
  • Recuerda que la secesión de un sector de un convenio requiere del acuerdo previo de los negociadores

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha desestimado la demanda que el pasado verano presentó la Asociación Española de Industriales de Plásticos (ANAIP) contra la Federación Empresarial de la Industria Química (FEIQUE), FITEQA-CCOO y FITAG-UGT, una demanda con la que pretendía impugnar el XVI Convenio General de la Industria Química y promover la creación de un convenio colectivo propio para la industria transformadora del plástico. La sentencia, contra la que cabe recurso de casación, obliga a ANAIP a aplicar el convenio de químicas a todas las empresas del sector.

13/03/2014. Madrid

La Justicia ha vuelto a dar la razón a CCOO, lo que ha evitado que la patronal del subsector del plástico se salga con la suya. Hace unos meses, presentó una demanda contra la patronal del sector químico y los representantes de los trabajadores y trabajadoras con la que pretendía impugnar el XVI Convenio General de la Industria Química como paso previo a la creación de un convenio colectivo propio. El 7 de marzo la Audiencia Nacional se puso del lado de FEIQUE, FITEQA-CCOO y FITAG UGT, lo que hizo saltar por los aires los planes de AINP.

La Audiencia Nacional ha decidido desestimar la demanda por considerar que, aunque la pretensión de la patronal del plástico "es legítima?, no puede encontrar "amparo jurídico y convertirse en derecho a la secesión?. La Sala de lo Social argumenta que las normas que regulan la negociación colectiva "exigen un acuerdo de los negociadores de la unidad superior en la que están incluidos?, y que, a falta de dicho acuerdo, "solamente podrían llegar a tener derecho a ello si dicha unidad superior llega a extinguirse o si se modifica la legislación y se les confieren ese derecho?, algo que todavía no ha sucedido.

En su argumentación, la Audiencia Nacional va más allá y plantea que, al tratarse de negociación colectiva, la secesión de un determinado sector exige no solo la disposición de una patronal a crear un nuevo convenio, sino también el beneplácito de los representantes de los trabajadores. "En este caso, apunta la sentencia, la pretendida escisión carecía a todas luces de una contraparte negociadora con una voluntad concordante de crear un nuevo ámbito de negociación?.

Por todo lo dicho, y aunque contra el fallo de la Audiencia Nacional cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, la Asociación Española de Industriales de Plásticos (ANAIP) estaría obligada a aplicar en XVI Convenio General de la Industria Química a todos los efectos.

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