CCOO de Industria | 20 abril 2024.

Se ha convocado una asamblea con las personas trabajadoras del sector el dia 28 de diciembre a las 19.00h en la Casa de Cultura de Arnedo para valorar dicho acuerdo.

ALCANZADO UN PREACUERDO EN EL CONVENIO DE LA INDUSTRIA DEL CALZADO

  • Desde CCOO La Rioja valoramos de manera rotunda el no a este acuerdo , decidido en asamblea en Arnedo por las personas trabajadoras del sector, que van a dejar de ingresar 6 meses de atrasos de 2022 (de enero a junio) y que de media van a ser alrededor de 400 euros. Además de hacer hincapié en la clausula de revisión salarial, la cual no da seguridad de futuro al vencimiento de la vigencia del convenio en diciembre de 2025.

28/12/2022.
Concentración en Arnedo por el convenio del Calzado.

Concentración en Arnedo por el convenio del Calzado.

Conseguido un preacuerdo en el Convenio de la Industria del Calzado con una subida salarialdel 12,5% durante la vigencia del mismo.

La Rioja se opuso a dicho preacuerdo, respetando la decisión tomada en asamblea en Arnedo el día 15 de diciembre por considerarlo insuficiente. 

Este preacuerdo consta de los siguientes puntos:

Vigencia e incrementos salariales: Desde el2022 al 2025.Los efectos económicos se aplicarán desde el 1 de julio de 2022. Con unos incrementos en2022 un 4%, generando atrasos desde el 1 de julio, para 2023 un 4%, para 2024 un 2,5% y para el año 2025 un 2%.Cláusula de revisión salarial: Se revisarán al alza, en su caso, las tablas salariales por ladiferencia entre el IPC real acumulado y la subida salarial acumulada en tablas hasta unadiferencia máxima del 3%, que se adicionará en las tablas a partir de enero de 2026.

Jornada: Se reducirán 4 horas de jornada anual en 2023, otras 4 horas en 2024 y otras 4 horasen 2025, terminando este convenio con una reducción total de 12 horas de jornada anual.

Permisos y licencias:

● 2 días por nacimiento a progenitor que no acredite los periodos de carencia de cotizaciónpara tener acceso a la prestación de nacimiento y cuidado del menor.

● Permisos no retribuidos. Los 4 días no será necesario justificar, con un preaviso de 5 días.

En este preacuerdo se ha incluido mejoras sobre:

● Igualdad de trato y no discriminación retributiva.

● Traslado del segundo párrafo del apartado 9 del artículo 27 al artículo 48.

● Trabajo a Distancia.

● Nueva redacción y composición de la Comisión Paritaria.

● Texto sobre Formación Profesional para el Empleo.

● Fijos discontinuos. Desde la firma del convenio y en el plazo máximo de seis meses se debeconsensuar un modelo de contrato fijo discontinuo que responda a las peculiaridades delsector.

● Acumulación anual de las horas de crédito entre los delegados o delegadas sindicales, depersonal y Comité de Empresa.

● La ultraactividad del nuevo convenio colectivo será indefinida.

● Cláusula de fidelización. Adaptación de los tramos al nuevo sistema de jubilación (tramos deedad de 62 al 67).

El día 28 de diciembre se ha convocado una asmblea en la Casa de Cultura de Arnedo para analizar dicho acuerdo.