CCOO de Industria | 16 septiembre 2025.

El Constitucional establece que Elecnor vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva cuando despidió a un trabajador que recurrió al comité para defenderse

  • La sentencia es “enormemente gratificante y novedosa”, según CCOO

El Constitucional ha emitido un comunicado en el que explica el contenido de una novedosa sentencia a la que todavía no ha tenido acceso CCOO de Industria de Canarias. El pleno ha resuelto el recurso de amparo que interpuso un trabajador de Elecnor de Las Palmas de Gran Canaria que, en el año 2021, fue despedido después de presentar una reclamación ante el comité de empresa. El sindicato valora la decisión del tribunal y la considera una muy buena noticia. Es la primera vez que reconoce que se vulnera la tutela judicial efectiva cuando se despide por esta causa.

12/09/2025. CCOO de Industria
Sede del Constitucional en Madrid

Sede del Constitucional en Madrid

El Tribunal Constitucional ha declarado firme la sentencia del juzgado de lo social nº 6 de las Palmas de Gran Canaria que, en el año 2022, reconoció que Elecnor vulneró la garantía de indemnidad del trabajador al que despidió por haber solicitado la intervención del comité de empresa en un conflicto laboral. También declaró nula la rescisión de su contrato. En el comunicado que emitió el miércoles se afirma que la empresa que se dedica al mantenimiento de infraestructuras eléctricas y de telecomunicaciones no respetó el derecho a la tutela judicial efectiva del demandante.

El artículo 24.1 de la Constitución Española prohíbe que se tomen represalias contra una persona trabajadora que recurre a los órganos judiciales para defender sus intereses. El Tribunal recuerda ahora que se trata de evitar que el miedo tenga un efecto disuasorio en quienes pretenden defender sus derechos. También entiende que recurrir al comité de empresa para presentar una queja es un derecho que debe ser protegido. 

A la espera de poder analizar con detalle el contenido de la sentencia en cuanto se haga pública, CCOO de Industria de Canarias considera lo ocurrido “enormemente gratificante”. Es la primera ocasión, explica su secretario general, en la que el Tribunal Constitucional se pronuncia sobre este aspecto. “Es un notición”, afirma Juan Miguel Hernández. Recuerda el sindicalista que este “magnífico resultado” es fruto de la perseverancia del trabajador “que decidió seguir peleando” y del sindicato, que le asesoró desde el primer momento y que participó en todo lo que ha ido ocurriendo durante un largo proceso. 

Las causas del despido

Los hechos sobre los que se pronuncia el Supremo se remontan al año 2021 cuando este trabajador, afiliado a CCOO, recurrió a sus representantes porque entendía que su encargado incumplía sus condiciones laborales al obligarle a hacer una guardia mientras disfrutaba de los cinco días de descanso que le correspondían tras terminar un retén. Aunque el conflicto se resolvió de inmediato tras la intervención del presidente del comité, unos días después el trabajador recibió una carta de despido en la que se le comunicaba que Elecnor rescindía su contrato, precisamente por haber denunciado lo que había ocurrido ante la representación de los y las trabajadoras, para tratar de buscar una solución. 

Al conocer la situación, CCOO de Industria de Canarias tomó cartas en el asunto. Se presentó una demanda judicial por vulneración de dos derechos fundamentales (libertad sindical y tutela judicial efectiva). En primera instancia se declaró nulo el despido y el trabajador fue readmitido. La empresa recurrió y el Tribunal Superior de Justicia de Canarias lo consideró improcedente, al entender que Elecnor no lesionó la garantía de indemnidad por despedirle tras contactar con el comité. El trabajador decidió continuar y el caso llegó al Supremo, que no admitió a trámite la demanda. El último en pronunciarse ha sido el Tribunal Constitucional, que acaba de entender que sí se vulneraron dos derechos fundamentales. La sentencia crea un precedente que tendrá mucho recorrido.