CCOO de Industria | 23 febrero 2025.

Una sentencia posibilitará a un afectado por amianto de Aceros de Llodio multiplicar por cinco su pensión

    (Bilbao/16.03.11) El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) rechaza las alegaciones presentadas por Sidenor y la SEPI, que eludían su responsabilidad sobre la enfermedad que sufre el trabajador

    16/03/2011.
    Aceros de Llodio cerró hace casi 10 años tras una dolorosa reconversión.

    Aceros de Llodio cerró hace casi 10 años tras una dolorosa reconversión.

    El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) acaba de dictar una sentencia en la que ratifica el origen profesional de la incapacidad temporal por exposición a amianto de un extrabajador de Aceros de Llodio, en contra de lo sostenido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Al obrero, de 60 años, se le diagnosticó asbestosis pulmonar hace tres años y medio. A causa de su enfermedad, sufre insuficiencia respiratoria e hipertensión pulmonar.

    La Sociedad Española de Participaciones Industriales (SEPI) y Sidenor habían recurrido la sentencia de primera instancia alegando que, debido a que la planta está cerrada y que el trabajador se había desvinculado laboralmente de ella, no tenían responsabilidad sobre sus dolencias.

    Tras varios años de complicados trámites y juicios, esta sentencia supone el previsible final de una auténtica odisea administrativa y judicial emprendida por el trabajador, con el respaldo de CCOO, para que se le reconociera el origen profesional de su enfermedad.

    El trabajador, F. Muñoz, se incorporó a Aceros de Llodio (actual Sidenor) en febrero de 1974, como operario de la acería. Permaneció 10 años en la empresa, siempre en puestos cercanos al horno de fundición. Como es sabido, la compañía cerró en 1992 después de una larga y dolorosa reconversión. Algunos años antes de la clausura, el obrero había abandonado la empresa y fue empleado en otras fábricas hasta que en 1991 decidió dedicarse a la agricultura.

    En julio de 2008, poco después que se le diagnosticase la enfermedad, el INSS le negó el origen profesional de su enfermedad. Enn lugar de ello, estableció que se trataba de una enfermedad común y posteriormente le reconoció la incapacidad permanente en grado de total. Para ello, el INSS se apoyó en un informe de la Inspección de Trabajo que declaraba entonces que "no consta información sobre el origen profesional de las lesiones, sin evidencias de determinar su puesto de trabajo".

    Además, el INSS causó nuevos quebraderos de cabeza y aumentó el sufrimiento del trabajador con una actuación poco rigurosa, ya que al cabo de un año le revisó la incapacidad permanente y se la denegó. Y después, ante la evidencia de nuevos informes médicos, volvió a concedérsela, siempre por enfermedad común.

    En consecuencia, se le asignó una pensión mensual de 629,02 euros.

    Sin embargo, el trabajo de CCOO, recogiendo pruebas y testigos de aquellos hechos, posibilitó que el juzgado de lo social número 2 de Gasteiz estableciera claramente que su incapacidad laboral se debe a una enfermedad profesional debido a la exposición al amianto.

    La responsabilidad se mantiene

    La SEPI (propietaria de la empresa durante su periodo en el sector público) y Sidenor presentaron recurso el dictamen ante el TSJPV, pero ha sido rechazado. El alto tribunal deja claro en su sentencia que, aunque la relación laboral entre el trabajador se había roto en el momento de la sucesión de empresas, Sidenor mantiene la responsabilidad para con los extrabajadores de la antigua planta.

    Cuando el proceso finalice, el afectado tendrá derecho a una pensión bruta mensual de 3.000 euros.

    Tal y como demostró CCOO en el juicio, el operario manipuló amianto con guantes o incluso con las manos desnudas todos los días durante diez años.

    Un legado trágico

    A juicio de Kepa González, responsable de Salud Laboral de la Federación de Industria de CCOO de Euskadi y extrabajador de Aceros de Llodio, "con esta nueva sentencia y el reconocimiento de otros casos, estamos revelando una parte muy importante de la historia de una planta, que ha dejado una herencia terrible en términos de salud".

    En la actualidad, existen muchos más afectados de distinta consideración por exposición a amianto en la extinta factoría del Valle de Llodio, que próximamente van a ser reconocidos por el INSS o por la Justicia. Por ello, CCOO hace un llamamiento a los afectados a realizar la vigilancia de la salud postocupacional y a ponerse en contacto con el sindicato para iniciar las gestiones para el reconocimiento de las enfermedades profesionales, la revalorización de las pensiones o las indemnizaciones a que hubiere lugar.

    Al mismo tiempo, CCOO emplaza a todas las partes, especialmente a Sidenor y al INSS, a que no interpongan recurso ante el Tribunal Supremo para que la sentencia sea firme y el afectado pueda obtener a la mayor brevedad una pensión digna después de cuatro años de espera.