CCOO de Industria | 23 febrero 2025.

Principio de acuerdo en el convenio de las industrias siderometalúrgicas de León tras desbloquearse la negociación después de diez reuniones

  • Los salarios se incrementarán un 1% en 2015, un 1,35% en 2016 y un 1,5% en 2017, una subida que afectará a unos 6000 trabajadores
  • Adicionalmente, si el PIB supera el 3% en 2017, habría que sumar un 0,5%

CCOO de Industria de León, que cuenta con el 68% de la representatividad, alcanzó el 23 de octubre un principio de acuerdo con MCA-UGT y con la patronal del metal de la provincia sobre el Convenio Provincial para las Industrias Siderometalúrgicas de León, tras la intermediación del Servicio Regional de Mediación Laboral (SERLA). El nuevo convenio tendría carácter retroactivo para 2015 y estará en vigor los próximos tres años.

25/10/2015. León
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El secretario general de CCOO de Industria de León, Ángel Manuel Santos González, ha valorado como muy positivo lo conseguido, puesto que, si en  estos tres años anteriores se aceptó una contención en lo salarial y económico para facilitar  la recuperación de la actividad en las empresas, el convenio vuelve a reflejar mejoras para los trabajadores ya que, con carácter retroactivo, contará con una cláusula de revisión hasta el IPC real y adicionalmente a los incrementos pactados, si el IPC supera en 2017 el 3% deberán subirse los salarios en un 0,50%".

Además de los incrementos, 1%, 1,35% y 1,50%, hay otras mejoras importantes que han sido plasmadas en el acuerdo, el cual deberá ratificarse tras las oportunas asambleas.
Este acuerdo llegó "in extremis" ante la amenaza de huelga que CCOO  hizo sobrevolar sobre las empresas del sector.

Por último, el secretario general de CCOO de Industria de León recordó que el sector también puede mostrarse optimista ante las mejoras que se han conseguido con respecto a los derechos de los trabajadores, "pues hemos conseguido la equiparación de parejas de hecho con los matrimonios y la disponibilidad de horas a consulta con familiares (hijos menores de 12 años), así como el complemento en caso de baja laboral hasta alta médica y el establecimiento de un coeficiente reductor en determinadas actividades que deberá validar la Seguridad social.