CCOO de Industria | 5 febrero 2025.

El grupo Eiffage Energía firma con la representación sindical el segundo plan de igualdad

    El acuerdo, que pretende dar continuidad al primer plan de igualdad, aunque goza de una mayor concreción que el inicial, amplía el ámbito de aplicación. Se aplicará a las empresas de Eiffage Energía, Instalaciones Eléctricas y Bobinajes, Ambitec y Conscytec y a todos sus centros de trabajo. Tendrá una vigencia de tres años, desde el 23 de febrero de 2015 hasta el 22 de febrero de 2018.

    24/02/2015. Madrid

    Es básico que se conozca el plan de igualdad, se desarrolle su contenido y se aplique en cada uno de los centros de trabajo, y para ello la labor de la representación sindical de CCOO es imprescindible.
     
    Eiffage Energía ha negociado este acuerdo con la representación sindical, ejerciendo de nuevo CCOO de Industria una papel fundamental en cumplimiento de su compromiso de mejorar las condiciones de trabajo del conjunto de trabajadoras y trabajadores.
     
    En el seno de comisión de igualdad, que se reunirá de manera ordinaria semestralmente, se evaluará el cumplimiento, la implantación y desarrollo del plan de igualdad. La primera reunión tuvo lugar el 17 de febrero para concretar los plazos de ejecución de las acciones, los indicadores de seguimiento y la composición de la comisión encargada del seguimiento.
     
    A continuación se recogen brevemente algunas de las medidas acordadas tras un nuevo análisis de la situación de mujeres y hombres en la empresa, y que se estructuran en diez áreas de actuación, de las que destacan:
     
    - SELECCIÓN. Utilización de un lenguaje y tratamiento de la imagen no sexista en las ofertas; proceso de selección basado en criterios objetivos; difusión de la guía de entrevista para las personas implicadas en los procesos de selección; posibilidad de comunicar a los miembros de la comisión de igualdad la consideración de discriminatorio por razón de sexo del proceso de selección; acción positiva en materia de acceso; favorecimiento de conversión a contrato a jornada completa; acuerdos con centros formativos y con el Gobierno de Castilla-La Mancha para incorporar mujeres a puestos tradicionalmente masculinizados. 

    - CLASIFICACIÓN PROFESIONAL Y PROMOCIÓN. Favorecimiento de la incorporación de mujeres a puestos de alta cualificación; establecimiento de procedimiento de promoción directa; mecanismo para garantizar un sistema de clasificación profesional transparente; prioridad de participación en formación contínua a mujeres; programas de desarrollo de habilidades directivas para mujeres. 

    - FORMACIÓN. Entre otras, las acciones de formación se programarán preferentemente dentro de la jornada laboral; se favorecerá acciones formativas de reciclaje para aquellas personas que se hayan ausentado de la empresa por el ejercicio de derechos de conciliación; diseño de acciones formativas sobre Igualdad para toda la plantilla. 

    - CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL. Difusión de los derechos básicos de la plantilla en materia de conciliación y elaboración de un material didáctico para los trabajadores; se posibilitará el cambio de puesto para las personas que lo soliciten por motivos de conciliación familiar; las reuniones de trabajo, salvo razones justificadas, no implicarán alargar la jornada laboral; existe un licencia no retribuida de hasta un mes de duración dentro del año natural que podrá disfrutarse de manera fraccionada en determinados casos; se destaca también la posibilidad de acumulación del permiso de una hora de lactancia en jornadas completas; se regula el disfrute del permiso por paternidad, la lactancia y la adaptación de la jornada a petición del trabajador o trabajadora 

    - Se incorpora por primera un objetivo y acción en materia de SALUD LABORAL

    - PREVENCIÓN DEL ACOSO. Existe un protocolo de actuación en caso de acoso sexual, acoso por razón de sexo y acoso moral con una dirección de correo para poder dirigir las denuncias a la comisión de igualdad (comisionigualdad@energia.eiffage.es). 

    - GARANTÍAS PARA LAS MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO.  Además de las establecidas en la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, se recogen otras como la posibilidad de acogerse a una excedencia especial con reserva de puesto de trabajo, preferencia para ocupar vacantes sin necesidad de seguir el procedimiento habitual, permisos retribuidos, ayudas económicas y flexibilidad en la concesión de préstamos y anticipos o atención integral para la víctima de violencia de género. 

    No obstante, dado el carácter de dinámico y variable de este plan, estas medidas no deberán considerarse como únicas, sino que se procurarán ajustar a las necesidades advertidas en las empresas del grupo en materia de igualdad de oportunidades.