CCOO de Industria | 26 abril 2024.

Las tablas salariales del Convenio de Estaciones de Servicio se deben actualizar con un incremento del 5,5%

  • Según el artículo 40, los salarios se deben revisar según el IPC del año 2021, esto es 6,5%.
  • CCOO de Industria espera que la patronal responda el día 20 a los textos de adaptación normativa que recibió en noviembre

En el día de hoy, 17 de enero, hemos mantenido una reunión del grupo de trabajo de Estaciones de Servicio en el que han participado los integrantes de la comisión negociadora del convenio, así como las áreas de Política Industrial y Acción Sindical de CCOO de Industria, al objeto de preparar la reunión de la comisión negociadora del convenio prevista para el día 20 de enero.

17/01/2022.
El grupo de trabajo de Estaciones de Servicio se reúne para seguir avanzando en el convenio

El grupo de trabajo de Estaciones de Servicio se reúne para seguir avanzando en el convenio

Resulta obvio que tras la publicación el día 14 de enero, por parte del INE (Instituto Nacional de Estadística) del dato del IPC del año y de acuerdo con el artículo 40 del convenio colectivo, se debe proceder a la revisión salarial atendiendo al IPC del año 2021, esto es 6,5%. Para conocer LAS TABLAS PROVISIONALES entra aquí.

Estas tablas, que tienen efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2021, serán de aplicación una vez firmadas por la Comisión Mixta del convenio colectivo y publicadas en el Boletín Oficial del Estado.

Además, hay que tener en cuenta, que el artículo 34 del convenio colectivo determina el Plus Trabajo Nocturno en un 30% del salario, por lo que su cuantía también debe ser objeto de revisión retroactiva.

La próxima reunión de la Comisión Negociadora del convenio colectivo del próximo 20 de enero se realizará por razones obvias de prevención de forma presencial y telemática. Desde CCOO de Industria esperamos que la patronal dé respuesta a los textos de adaptación normativa que entregamos en la anterior reunión del pasado día 24 de noviembre.

Vale la pena, en momentos de alta volatilidad de los indicadores económicos (IPC) poner en valor las cláusulas de revisión que permiten evitar la pérdida de poder adquisitivo de las personas trabajadoras.

Documentación asociada
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